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Responsabilidad Civil Internacional

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¿QUÉ ES EL SEGURO RCI?

El Seguro Obligatorio Responsabilidad Civil Internacional es un seguro obligatorio que te cubrirá para poder viajar a Argentina, Brasil o Uruguay

Ten presente que tu Seguro RCI, es requerido de forma obligatoria en las adunas terrestres cuando atraviesas en auto hacia países vecinos o cualquier por el que se necesite transitar en auto, por lo que para evitar malos ratos la recomendación es siempre contratarlo con anticipación y así poder disfrutar de tu viaje sin pausas.

¿Otros Beneficios del seguro?

Puedes elegir el rango de vigencia de tu seguro RCI.

Elige entre 3 días, 5 días, 15 días o 30 días según tu conveniencia.

 

Coberturas Coberturas

¿Qué cubre el seguro?

El RCI tiene las siguientes coberturas.

Cobertura Limite por persona Limite Maximo
Muerte y/o daños personales US$ 40.000 US$ 200.000
Daños materiales US$ 20.000 US$ 40.000

¿A quien cubre el seguro?

Cualquier tercero afectado en un accidente donde haya intervenido un vehículo asegurado mediante RCI desde USD 20.000 por persona.

Requisitos Requisitos

¿Qué necesito?

  • Edad mínima de incorporación: 18 años de edad.
Exclusión Exclusión

Exclusiones del Seguro RCI

  • a) Dolo o culpa grave del asegurado.
  • b) Radiaciones ionizantes o cualquier otro tipo de emanación surgidas en el transporte de materiales de fusión o sus residuos.
  • c) Hurto, robo o apropiación indebida o cualquier daño sufrido por el vehículo asegurado.
  • d) Intento del asegurado, propietario o conductor de obtener beneficios ilícitos del seguro al que este contrato se refiere.
  • e) Actos de hostilidad o de guerra, rebelión, insurrección, revolución, confiscación, nacionalización, destrucción o solicitud proveniente de cualquier acto de autoridad de hecho o derecho, civil o militar y, en general.
  • f) Multas y/o fianzas.
  • g) Gastos y honorarios incurridos en juicios o procesos penales.
  • h) Daños provocados al asegurado, sus ascendientes, descendientes, colaterales o cónyuge, así como cualquier persona que resida con él o que de él dependa económicamente.
  • i) Conducción del vehículo por persona sin la habilitación legal correspondiente para el vehículo asegurado.
  • j) Cuando el vehículo se encuentre destinado a fines diferentes de los permitidos.
  • k) Cuando el vehículo asegurado sea conducido por una persona en estado de embriaguez o bajo lainfluencia de cualquier droga que produzca efectos des inhibitorios, alucinógenos o somníferos.
  • l) Los daños a puentes, balanzas, viaductos, carreteras y a todo lo que pueda existir arriba o debajo de los
  • mismos, debido al peso o dimensión del vehículo, que contraríen las disposiciones legales o reglamentarias.
  • m) Comprobación de que el asegurado o cualquier otra persona operando por su cuenta obstruye el ejercicio de los derechos de la entidad aseguradora establecida en esta póliza.
  • n) Daños ocasionados como consecuencia de carreras, picadas o competencias de cualquier naturaleza de
  • las que participe el vehículo asegurado, o sus actos preparatorios.
  • o) Daños a bienes de terceros en poder del asegurado para guarda o custodia, uso, manipulación o ejecución de cualquier trabajo.
  • p) Accidentes ocurridos por exceso de capacidad, volumen, peso o dimensión de la carga, que contrarí
Formas de pago Formas de pago

¿Cuáles son las formas de pago?

  • Webpay
  • Tarjeta LiderBci
  • Tarjeta de Credito
  • Tarjeta de Debito
BciSeguros Seguro voluntario Corredores de seguros

Ten presente:

  • Los honorarios de los abogados y los gastos incurridos para la defensa del asegurado no están comprendidos en los límites establecidos para las sumas aseguradas anteriormente. En cuanto a los honorarios de los abogados, se limitan al 50% del valor de la indemnización pagada al asegurado.
  • Asegúrate que los datos del vehículo asegurado establecidos en el Certificado SOAP sean correctos.
  • Cobertura dirigida a la Responsabilidad Civil del propietario de vehículo terrestre de uso Particular vigente en la Compañía, que realicen viajes a países integrantes del MERCOSUR (Argentina, Uruguay y Brasil). 
  • Para todos los efectos derivados de este contrato de seguro, las partes fijan como domicilio la ciudad y comuna de Santiago
  • . El asegurado está obligado a comunicar la contratación o cancelación de cualquier otro seguro, que cubra los mismos riesgos previstos en esta póliza con relación al mismo vehículo
  • La contratación de estos seguros es de carácter voluntario. Usted puede retractarse si la contratación la efectuó por un medio a distancia. Además, usted puede terminar los seguros voluntarios anticipadamente en cualquier momento, independiente del medio utilizado para su contratación.
  • Seguros intermediados por SSFF Corredores de Seguros y Gestión Financiera Limitada, RUT 76.196.870-K, representada por Pilar Pérez Carmona – ambos domiciliados en Avenida del Valle 737, Ciudad Empresarial, Huechuraba, Región Metropolitana.
  • La compañía que cubre el riesgo es BCI SEGUROS GENERALES S.A. Detalle de las condiciones  de la cobertura se encuentran en las condiciones particulares y generales de la póliza. Las condiciones generales de la póliza contratada, como sus coberturas y exclusiones, se encuentran incorporadas en el depósito de pólizas de la CMF bajo el código POL 1 2013 0414.

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