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Información Fraude

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Con fecha 29 de Mayo del 2020 fue publicada la Ley N°21.234, la que introdujo modificaciones a la Ley N°20.009, cuyo fin fue limitar la responsabilidad para titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude. En la medida que usted haya tenido contratado un seguro de fraude intermediado por SSFF Corredores de Seguros y Gestión Financiera Limitada, le informamos que los riesgos cubiertos por este seguro fueron abordados en esta modificación legal, por lo que se hace innecesario la mantención de este seguro.

Esta ley estableció que los emisores de los medios de pago serán responsables de las operaciones respecto de las cuales desconozcas haber otorgado autorización o consentimiento, siempre que hayas dado aviso oportuno del extravío, hurto, robo o fraude de tu medio de pago, y que se cumplan con los procedimientos y plazos establecidos en esta ley.

En consecuencia, si usted tenía contratado un seguro de fraude que cubría dichos riesgos, a partid del día 29 de Mayo del 2020 las compañías de seguros deberán proceder a la terminación anticipada de éstos, o a su no renovación, y suspensión del cobro de primas asociadas a éste.

En caso que tengas dudas sobre esta ley o el estado de tu Seguro de Fradue, llámanos al 600 600 5757